ÁREAS DE PRÁCTICA

¿Te asesoraste sobre tus derechos laborales?

Es necesario tener conciencia de cuáles son tus derechos como empleado y obtener un asesoramiento correcto y diferencial para hacer valer tus reclamos laborales de la manera más rápida y efectiva. Chalela & Asociados brinda asesoramiento a los trabajadores ante situaciones como despidos laborales o trabajo en negro, y los acompaña en el reclamo de resarcimiento o indemnización justa.

¿Cuándo corresponde una indemnización por condiciones laborales inapropiadas?

      • No se encuentra correctamente registrado o trabaja en negro.
      • No cuenta con obra social, seguro médico o aportes jubilatorios
      • No percibe el salario estipulado por ley acorde al convenio colectivo.
      • No le otorgan vacaciones o aguinaldos.
      • No le reconocen el presentismo y la puntualidad.
      • Si existen diferencias salariales entre lo estipulado por la ley y lo que cobra.
      • Si sufre de acoso o violencia laboral.
      • Cuando no le han abonado la indemnización correspondiente a su despido.
      • Si fue despedido injustificadamente o por causas discriminatorias.

Accidentes Laborales

¿Qué se considera accidente de trabajo?

A toda lesión física o psíquica sufrida en ocasión del trabajo o a consecuencia del mismo. Además, existen los accidentes in itinere, los cuales contemplan los accidentes ocurridos en el trayecto entre el domicilio del trabajador y el lugar de trabajo. Chalela & Asociados brinda asesoramiento al trabajador y lo ayuda a reclamar la indemnización justa a la ART por el accidente laboral.

Cuestiones a tener en cuenta ante un accidente laboral.

      • Para hacer un reclamo juicio laboral por accidente de trabajo, el plazo legal es desde dos años de ocurrido el accidente.
      • No necesitas el alta médica para asesorarte, iniciar tu reclamo cuanto antes agiliza el cobro de la indemnización.
      • Cuando la ART otorga el alta médica sin fijar incapacidad laboral o menor a la real, se debe iniciar el reclamo a la ART para cobrar la indemnización que corresponde.
      • Los accidentes in itinere comprenden cualquier tipo de acontecimiento que afecte su salud en el trayecto desde y hacia su domicilio.

Enfermedad Laboral

¿Qué se considera enfermedad laboral?

La enfermedad laboral se va gestando en forma paulatina por las posturas, esfuerzos o exposición a agentes de riesgos presentes en el ámbito laboral, y por lo general no suele manifestarse hasta que se revelan síntomas graves y/o irreversibles. También llamadas enfermedades profesionales, son enfermedades como hipoacusia, hernias de disco, asma, compresión del nervio ciático, tendinitis o disfonía. Chalela & Asociados brinda asesoramiento al trabajador y lo ayuda a reclamar la indemnización justa a la ART por la enfermedad laboral.

Cuestiones a tener en cuenta ante la enfermedad laboral.

      • En las enfermedades laborales el plazo para hacer el reclamo debe computarse desde el momento en que tuvo pleno conocimiento de hallarse incapacitado y que su minusvalía guardaba vinculación con las tareas o el ambiente de trabajo.
      • Si se sospecha que la enfermedad es producida por el trabajo, hay que realizar la denuncia a la ART y si ésta rechaza el pedido, se debe iniciar un reclamo administrativo y/o judicial a la ART. De esta manera se buscará el reconocimiento de la enfermedad profesional y así cobrar la indemnización que corresponda.
      • No necesitas el alta médica para asesorarte, iniciar tu reclamo cuanto antes agiliza el cobro de la indemnización.
      • No tiene consecuencias en el trabajo, el reclamo se realiza a la ART quien es el único responsable legal de tu indemnización.

Ante un acontecimiento de este tipo, usted no solo tiene el derecho de recibir la atención médica correspondiente con cobertura integral, sino que además deberá determinarse su incapacidad dentro de los plazos legales establecidos y en virtud de ello percibir una indemnización justa.

 

Daños y Perjuicios

Te brindamos asesoramiento en el proceso para reclamar los daños y perjuicios sufridos.

¿En qué ámbitos pueden ser reclamados los daños?

Los daños sufridos pueden ser reclamados:

En materia de Derechos de Familia: Por causales como la falta de reconocimiento del hijo y el impedimento en el derecho de comunicación entre el menor y alguno de sus progenitores o sus abuelos

Respecto de los Medios de Comunicación: Ante la difusión inexacta de noticias que puedan afectar la intimidad, el honor o la imagen sin el consentimiento expreso de la persona titular de la misma.

Respecto de los Establecimientos Educativos y de Salud: Por el daño que puedan causar: La responsabilidad de los establecimientos que tienen la obligación de seguridad respecto de una persona como consecuencia de un contrato. Se incluye la responsabilidad por mala praxis profesional e incumplimiento de los deberes a su cargo.

Juicios Ejecutivos

Te brindamos asesoramiento en materia de ejecución de deudas que consten en títulos de crédito, ellos son:

      1. Pagaré
      2. Cheques
      3. Facturas de crédito
      4. Deudas de alquileres y expensas

Estos procesos son abreviados y tienden a hacer efectivo el cobro de la deuda sin distinguir el origen o causa de la misma, es suficiente con corroborar su existencia, ya que estos títulos son suficientes para exigir el pago.

Así mismo se interponen medidas cautelares, tales como embargos, para asegurar su cobro.

Acciones de Amparo & Habeas Data

Nuestro estudio promueve recursos de amparo, primordialmente en materia de salud y protección de datos.

Se trata de acciones rápidas, expeditas y urgentes que buscan proteger, de forma inmediata y sin dilaciones, un derecho que se encuentre amenazado o vulnerado, por un acto o una omisión de una persona física o autoridad pública

En lo que respecta a la protección de datos personales, los cuales son un derecho fundamental de la persona, por lo cual se puede exigir la modificación o supresión de los mismos en registros públicos o privados.

 

Divorcios

Te asesoramos y acompañamos en todo el proceso de divorcio, desde el inicio de la demanda judicial hasta la inscripción de la sentencia en el Registro Civil y de Capacidad de las Personas.

El divorcio, con el Código Civil y Comercial de la Nación, es en la actualidad incausado. En otras palabras, los cónyuges ya no deben expresar el motivo por el cual desean divorciarse, por ello tampoco encontraremos un cónyuge culpable o inocente del divorcio.

¿Por qué se lo conoce como “divorcio express”?

El divorcio puede iniciarse unilateralmente, por voluntad de uno solo de los cónyuges, o por presentación conjunta, cuando la voluntad de divorciarse es de ambos cónyuges de común acuerdo.

Siempre se debe acompañar un convenio regulador o propuesta respecto de la atribución de la vivienda familiar, la división de bienes, y todo lo relativo a los hijos comunes.

En caso de conflicto entre los cónyuges por falta de acuerdo respecto de los bienes, atribución de la vivienda, alimentos, régimen de comunicación o el cuidado personal, o cualquier otro aspecto, estos tramitarán por separado, y no impiden que se dicte la sentencia judicial de divorcio. En otras palabras, se debe iniciar un nuevo expediente para ello, donde se tratará puntualmente dicho conflicto.

Esto no impide ni demora la sentencia judicial de divorcio que de por finalizada la unión.

¿Qué es la compensación económica?

Es aquella figura que busca proteger al cónyuge, que sufre un desequilibrio económico como consecuencia del divorcio. Los miembros de la pareja pueden acordar, de forma previa al divorcio, el monto de la compensación económica. Ante la falta de acuerdo, el juez va a fijar la misma.

¿Qué aspectos se tienen en cuenta para determinar el monto?

Te enumeramos algunos de los aspectos que lo determinan:

      • La edad y estado de salud de cada cónyuge.
      • La capacitación laboral y posibilidades de acceder a un empleo del cónyuge que solicita la compensación.
      • La edad y estado de salud de los hijos comunes. La dedicación y tiempo que el cónyuge que solicita la compensación le dedica a los mismos, y al mantenimiento y tareas del hogar familiar.
      • La colaboración del cónyuge en las actividades comerciales del otro cónyuge.
      • El patrimonio de cada cónyuge. Se tiene en cuenta el patrimonio al inicio del matrimonio, y al finalizar el mismo

¿Qué es la atribución preferencial de la vivienda?

Cualquiera de los cónyuges puede solicitar al juez que se le atribuya el uso de la vivienda familiar.

El plazo lo determina el juez de acuerdo con las características del cónyuge que lo solicita.
Suele tener en consideración:

      • Cual de los cónyuges tiene a su cargo el cuidado de los hijos.
      • Cuál de los cónyuges se encuentra en una situación económica más desventajosa que le impide obtener una vivienda.
      • La edad y estado de salud de cada cónyuge.

Alimentos

Nuestro Estudio brinda asesoramiento en todo el proceso relativo a la determinación de la cuota alimentaria para los hijos comunes.

Los alimentos son una obligación de ambos progenitores respecto de sus hijos y ninguno puede eximirse de su cumplimiento. Eventualmente pueden solicitarse a los abuelos, siempre que los progenitores no puedan cumplir con su obligación.

Los alimentos pueden ser solicitados por uno de los progenitores, en representación del hijo menor de edad, o bien por el hijo al progenitor cuando alcance la mayoría de edad. La cuota de alimentos corresponde hasta los 21 años siempre que el hijo conviva con alguno de los dos progenitores, y hasta los 25 años si el hijo se capacita y perfecciona.

Para ello priorizamos la etapa de mediación previa obligatoria, a través de la cual, intentamos acercar a las partes para lograr un acuerdo teniendo en cuenta el interés superior del niño, su bienestar y la preservación del vínculo familiar. Buscamos llegar a un acuerdo que se adapte a la realidad familiar, a las necesidades del niño como así a las posibilidades de los progenitores.

Es fundamental que el acuerdo alimentario contenga un sistema de actualización de la cuota alimentaria a fin de evitar el inicio de nuevos expedientes judiciales para el aumento de la cuota alimentaria. La actualización puede ser de acuerdo a distintas variables que acuerden las partes.

Entonces, ¿Qué comprende la cuota de alimentos y cómo se determina su monto?

La cuota alimentaria se determina de acuerdo a las necesidades de quien requiere los alimentos, comprendiendo los siguientes gastos:

      • Educación
      • Recreación
      • Vestimenta
      • Vivienda
      • Alimentación
      • Salud

Los alimentos pueden fijarse en una cuota en dinero o en especie, y se determina de acuerdo a las posibilidades económicas de quien la debe abonar.

El Código Civil y Comercial de la Nación determina que el trabajo en el hogar y el cuidado de los hijos constituyen una contribución, la cual se equipara a un aporte dinerario en el mantenimiento de los niños.

Pero, ¿Desde cuándo se pueden reclamar los alimentos?

Para reclamar alimentos adeudados es fundamental la intimación al progenitor que debe abonarlos. La Carta Documento es el instrumento que otorga fecha cierta a dicha intimación y constituye una prueba fundamental para determinar la fecha a partir de la cual es posible reclamar en la demanda judicial. De lo contrario, el juez procede a fijar el deber de alimentos desde la mediación previa obligatoria.

Impedimento de contacto y Régimen de comunicación

Brindamos asesoramiento y acompañamiento en todo el proceso relativo al derecho de comunicación.

El Régimen de comunicación, en el Código Civil y Comercial de la Nación, es un derecho de toda persona menor de edad, con capacidad restringida, enferma o imposibilitadas, respecto de sus familiares. Dicho derecho debe ser permitido por la persona que tenga a su cargo el cuidado personal, por ello, el progenitor, tutor o curador, que tenga a su cargo el cuidado no puede impedir una comunicación fluida con sus familiares cosanguíneos y afines.  Entonces, ¿qué se puede hacer si un progenitor impide al otro ver a su hijo?

Es importante entender que la comunicación con sus familiares, es un derecho de todo niño, niña o adolescente, o incluso personas con capacidad restringida, enfermas o imposibilitadas, y no puede ser vulnerado arbitrariamente por quien ejerza su cuidado personal.

En caso de que ello suceda, es necesario asistir a una mediación y tratar en dicho espacio de arribar a un acuerdo en el cual se priorice el interés afectivo, y en caso de no concretarse un acuerdo entre las partes, solicitar el auxilio de la justicia para que un juez determine el régimen de comunicación más conveniente de acuerdo a las circunstancias del caso concreto.

¿Pueden los abuelos reclamar su derecho a la comunicación?

Por supuesto. El derecho de comunicación no es sólo un derecho de los familiares cosanguíneos, sino de toda persona que justifique un interés afectivo legítimo (ej: padrinos y madrinas; progenitores a fin).

 

¿En qué consiste una sucesión?

La sucesión requiere de intervención judicial y posee tres grandes etapas: los tramites de inicio, pasos procesales hasta la declaratoria de herederos o la aprobación del testamento, y la culminación del proceso con la posterior inscripción de los bienes.

¿Quiénes tiene derecho de iniciar una sucesión?

      • Los herederos, el cónyuge y los legatarios.
      • El albacea (ejecutor testamentario).
      • Las personas que sean acreedores de quienes heredan.
      • Todos los que tengan en la sucesión algún derecho declarado por las leyes.

El Inicio

Comienza con la solicitud de la apertura del sucesorio; es necesario acreditar el vínculo con el difunto y su fallecimiento a través del acta de defunción. En esta etapa el Juez declarará abierta la sucesión.

Declaratoria de herederos

Se deberá acreditar la publicación de edictos con sus correspondientes comprobantes de pago, y deberán estar contestados los oficios ordenados en la etapa anterior. Una vez cumplidos dichos requisitos, se solicitará el dictado de la Declaratoria de Herederos.

Solicitud de inscripción

Se deberán solicitar informes de inhibición y cesión respecto del causante. Como así también informes de dominio, y certificado catastral en el caso de inmuebles, en relación al bien que se pretende inscribir. Luego los bienes podrán inscribirse directamente a nombre de los herederos, o bien procederse a su venta.

Para iniciar el proceso es fundamental e indispensable, contar con la partida de defunción de la persona fallecida. En caso de no tenerla o haberla extraviado, se puede tramitar una.

 

¿Qué es el Derecho Informático?

El Derecho Informático es la rama jurídica que estudia los nuevos conflictos jurídicos relacionados con el uso de las tecnologías de la información y las comunicaciones (TICs).

Comercio Electrónico

      • Protección de los derechos de los consumidores digitales.
      • Asesoramiento sobre conflictos relativos a la compra-venta por medios electrónicos.

Custodia de la Reputación Digital

Protección de la Reputación en Internet

Consiste en la custodia del nombre, imagen y honor de la persona en Redes Sociales y buscadores.

Protección de Datos Personales

      • Elaboración y redacción de políticas de privacidad y tratamiento de datos personales.
      • Asesoramiento relativo a la adecuación a los distintos regímenes de protección de datos personales a nivel nacional/internacional.

Tips sobre Derecho Informático

¡No borres pruebas! 

Si fuiste víctima de alguna agresión o amenaza por medios digitales, no borres nada. Comunícate con nosotros. Las pruebas digitales son extremadamente volátiles y frágiles. Pero son claves para cualquier acción judicial. Nosotros sabemos cómo cuidarte en el mundo digital.

¡Que no te roben la identidad!

Si están usando tu imagen o nombre sin permiso podes impedirlo. Nosotros custodiamos tu reputación en internet. La información personal puede ser usada para causar mucho daño, y no hay que quedarse de brazos cruzados.

 

Si usted ha sido víctima de un accidente de tránsito producto de acciones negligentes o irresponsables en el tráfico vehicular, estas condiciones le dan derecho a realizar un reclamo por los daños físicos y materiales que correspondan. No importa si es conductor de bicicleta, moto o automóvil, pasajero o peatón, siempre tiene derecho a un resarcimiento económico por parte del causante del accidente y su aseguradora. Desde Chalela & Asociados lo ayudamos a reclamar la indemnización justa por los daños o lesiones ocurridos en el accidente, en el menor tiempo posible.

¿Qué se debe hacer si…

Sufre un accidente siendo transportado en taxi o remisse?

Si al viajar en un taxi o remisse, se produce una colisión con otro vehículo y resulta lesionado, deberá solicitar al conductor la licencia, datos de seguro y del vehículo en el que era transportado. Luego concurra a un centro asistencial, solicite que le den una constancia de atención y le efectúen un diagnóstico de sus afecciones; nosotros haremos la denuncia correspondiente.

Sufre un accidente en el micro o colectivo?

Si sufre alguna lesión mientras es transportado/a en un colectivo sea al subir, bajar o en su interior deberá indagar: línea, interno y datos del chofer y conservar el boleto y/o la tarjeta magnética.

Sufre un accidente como peatón?

Si usted ha sido víctima de un accidente de tránsito como peatón tiene el derecho de requerir una justa indemnización por las lesiones sufridas. Debe comunicarse lo más pronto posible con nuestro estudio para poder asesorarlo y realizar el reclamo correspondiente.

Reclamo contra las aseguradoras

Conocemos cómo actúan las compañías de seguros en algunas oportunidades, rechazando o limitando el pago de indemnizaciones por siniestros de tránsito. Nuestros abogados lo pueden acompañar en todo el proceso si su reclamo de accidente de tránsito es rechazado por la aseguradora, para iniciar una demanda o realizar un acuerdo de indemnización a su favor.

Es importante que solicite asesoramiento sobre cómo actuar frente a uno de estos hechos, y también para determinar las responsabilidades y la gravedad del siniestro. En Chalela & Asociados cuenta con especialistas en accidentes de tránsito y el compromiso de siempre: hacer cumplir sus derechos.

 

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